lunes, 9 de agosto de 2010

Ética y derecho a informar

Existe un desborde sensacionalista de "ciertos tabloides" en el ejercicio del deber y el derecho de informar; el deber moral de un comunicador social es la promoción de la educación y la cultura. El defecto señalado comprende también a determinados canales de televisión, voceros predilectos de quienes no destacan precisamente por su conducta ejemplar, ni siquiera normal, sino todo lo contrario.
Nuestra profesión está regida por principios inalterables, anteriores y superiores a cualquier norma que pueda dar el hombre para su protección y buen gobierno. Aun la ley, como expresión de Derecho Positivo, como norma jurídica obligatoria, no representa siempre tales principios, los cuales sí están inequívocamente en las nociones deontológicas, las cuales no someten a penalidad alguna sino a la sanción más perfecta de la propia conciencia. En casos extremos tienen competencia los Tribunales de Honor de la Orden.
El periodismo, como toda profesión que cuida su prestigio y respeta a la sociedad a la que sirve, tiene un Código de Ética. El periodista está mayormente expuesto a desórdenes de buena fe en la práctica de su trabajo por el apremio constante del tiempo, de los hechos y por el afán -plausible, pero que exige la máxima prudencia- de dar la noticia de inmediato, de adelantar su versión a la de otros medios o de hacerla motivadora de la atención pública más amplia y prolongada.
Sin embargo, sobre todos estos afanes, impera la ética como orientadora maestra de cómo hay que actuar en esta tarea tan difícil y delicada que tiene de cátedra y de apostolado, de nobleza, sacrificio y de bastión irreductible de la libertad y de los derechos inviolables de las personas e instituciones.
Por deber moral el periodista no puede escandalizar con su información, inmiscuirse en la intimidad ajena ni causar temor, zozobra, daño, duda o pánico; ni originar perjuicio distorsionando lo que acontece ni con el empleo de lenguaje tremebundo a pesar de referirse a hechos ciertos como la tragedia pública o privada o el flagelo del narcoterrorismo. La omisión de la prudencia suele resultar grave, máxime si se manipula la noticia con irremediable deterioro del prestigio del medio que propala la versión y del periodista que escribe o que de modo precipitado lanza su información sin ningún reparo.
El Derecho a la Información se ejerce sobre la base de la verdad que hay que buscar y comprobar, para asegurarse que el público reciba la versión fidedigna de los hechos, libre de la posición y de la opinión que pueda tener el periodista sobre ellos. No manipular la noticia. La difusión noticiosa no debe perturbar la moral, el orden ni la tranquilidad a que tienen derecho los receptores y el público en general.
La difusión de hechos trágicos, desagradables o que hieran los normales sentimientos humanos, expresarlos sin sensacionalismo y evitando toda clase de escándalo. Recordar que la verdad de lo que se informa exige, siempre, cuidar las formas. Y no olvidar que también diariamente ocurren hechos positivos que ayudan a vivir y enaltecer a la persona humana y a la sociedad.
Otras orientaciones éticas para el periodista se dirigen a no destacar actos cuyos autores buscan notoriedad o publicidad en lo que se defina. Limitarse a los hechos ser prudente con la información gráfica. Respetar la desgracia ajena. Promover la solidaridad, no la compasión.
Contribuir a mantener la inocencia de los niños, no aprovecharse de la incultura y la proclividad a lo morboso; no buscar mayor difusión del medio de comunicación social explotando la pornografía, las aberraciones ni los actos que ofendan la dignidad de las personas y el prestigio del periodista.
Estamos seguros que la competitividad, como concepto económico llevado a la práctica en las empresas del sector, funciona éticamente por la calidad del material periodístico, por la seriedad del medio y la idoneidad de su personal, así como por la honestidad del mensaje.
Por eso la noticia es un bien público más que un factor de valor económico. Debe valer por sí misma; no tiene equivalencia comercial.

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